¿Fumas? a partir de este domingo hay nuevas reglas en todo México

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Por: Roberto Díaz | cydnoticias.mx  |

A partir de este domingo 15 de enero quedará completamente prohibido fumar en cualquier espacio público en todo el país, de acuerdo con el nuevo reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, el cual prohíbe consumir cigarros en restaurantes, bares y discotecas.

También estará prohibida la exhibición de cajetillas en establecimientos comerciales, tiendas de conveniencia y de autoservicio.

El artículo 65 Bis señala que queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva.

“Se consideran espacios de concurrencia colectiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 6, fracción X Bis, de la Ley, los siguientes: patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niñas, niños y adolescentes, parques de desarrollo urbano, deportivos, playas, centros de espectáculos y entretenimiento, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, hospitales, centros de salud, clínicas médicas, sitios o lugares de culto religioso, lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas, paraderos de transporte, y demás espacios que establezca la Secretaría en términos de la Ley, este Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables”, indica..

Se detalló que entre los principales cambios en el reglamento es quitar de la exhibición todos los productos elaborados con tabaco o que hagan alusión a su consumo y aumentar las áreas de no fumadores.

Además, las áreas de fumadores no podrán vender alimentos, bebidas o tener elementos de recreación para los usuarios. El objetivo de estas modificaciones es establecer el control, el fomento y la vigilancia sanitaria de los productos del tabaco.

Igualmente de los lugares que ya no se permitía fumar, el nuevo reglamento se agregó los siguientes:

  • Cualquier lugar de trabajo.
  • Parques públicos.
  • Plazas públicas.
  • Playas.
  • Estadios.
  • Centros de espectáculos y entretenimiento (conciertos).
  • Patios.
  • Terrazas.
  • Balcones.
  • Transporte público.
  • Escuelas de todos los niveles educativos, incluso en universidades.
  • Lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas.
  • Paraderos de transporte público.
  • En lugares destinados para hospedaje, en habitaciones y lugares comunes.
  • Parques de diversiones.
  • Centros deportivos.
  • Todos los espacios donde se encuentren niños o adolescente.

Según la Ley General para el Control del Tabaco, las violaciones a las normativas serían sancionadas con una multa o arresto por hasta 36 horas.

De la misma manera, las tiendas de conveniencia, abarrotes o supermercados ya no podrán exhibir en sus anaqueles las cajetillas de cigarros ni productos de tabaco

Ahora la venta se realizará a través de una lista textual y escrita de los productos con sus precios, sin logotipos, marcas o sellos.

Con Información de Claro y Directo Mx®